
En el más puro fascismo mafioso
y especulativo, donde unos cuantos pretenden enriquecerse con
las necesidades de viviendas de los trabajadores. Construyen
viviendas que son muy necesarias, las construyen con materiales
de baja calidad y a precios elevados, pretendiendo
posteriormente vender incluso los servicios como son el
mantenimiento, administración etc. Siendo el coste de estos
pretendidos servicios un 37% del importe del recibo mensual.
Ello lleva en Espronceda que la expropiación de los terrenos se
realizara de forma incorrecta, según el informe elaborado por el
abogado, el expediente del polígono Espronceda de Sabadell se
inicio mediante Orden ministerial, Publicada en B.O.E del estado
en 29-Junio-1960, y es sometido a información pública la
delimitación de dicho polígono. En B.O.E del estado de 1 de
junio de 1962, se publica la aprobación por el Ministerio de la
Vivienda, en el plan General de Ordenación de Sabadell. (Ver
6103201 y 6202221) y otros.
En 29 de septiembre, se aprobó el Proyecto de Expropiación del
polígono Espronceda, resolución que fue notificada personalmente
a los distintos propietarios, en el mes de octubre del año 1962,
antes de esa fecha ya se habían ido formalizando acuerdos
recíprocos de expropiación de algunas fincas.
Algunos propietarios no estuvieron de acuerdo en las pretensiones
del ministerio de la vivienda, sobre todo por la razón, de que
se expropiaban a un precio muy por debajo del mercado, por lo
algunos propietarios interpusieron diversas reclamaciones,
administrativas y contenciosos-administrativos.
Siendo atendida la primera de ellas que llegó al tribunal
supremo, la cual fue causa de la sentencia dictada en marzo de
1965, en la que con estimación del pleito entablado por un
particular. Se declaro la nulidad de todo lo actuado en el
procedimiento administrativo de expropiación forzosa del
polígono Espronceda. Desde el momento inmediatamente anterior a
la delimitación del indicado polígono.
Así las cosas siendo nula la expropiación, es decir, como no
llevado a cabo, todo lo efectuado por el ministerio, a saber,
delimitación, expropiación, pago, justiprecio, y ocupación,
jurídica. Nos vuelve a situar como si estuviéramos en 29 de
junio de 1960, teniendo que volver a empezar todo el expediente
de expropiación.
El cumplimiento de la sentencia dictada por el tribunal supremo, el
ministerio de la vivienda a través de su gerencia de urbanismo
sometió de nuevo a información publica, y en anuncio publicado
en el Boletín Oficial de la provincia en Barcelona del 6 de mayo
de 1968, el proyecto de delimitación del polígono. Citando a
todos los propietarios, incluso a aquellos que ya se habían
avenido con en el Ministerio y habían cobrado la expropiación de
los terrenos.
La mayoría de los propietarios comparecieron en dicha
expropiación otra vez e hicieron expresa reserva de sus
derechos, los propietarios que no se avinieron fueron un total
de 29. (Doc. Nº 6106271 al 7210118)
La asociación de vecinos conoce la aprobación de la expropiación.
Atreves del Procurado en cortes, por el tercio Familiar Sr.
Eduardo Tarragona que responde a los escritos formulado por la
asociación de vecinos en marzo de ese año 1972. (Doc. Nª 6210112
al 7210118)
Nos indica que los vecinos de Espronceda no tienen razón,
explicándonos la ley que el debe conocer perfectamente. Nos hace
constar que faltamos al respecto al Ministerio de la vivienda, y
a la Obra Sindical del Hogar, que no guardamos el debido
respecto parlamentario, nos informa que por fin el Ministerio de
la vivienda es propietario de los terrenos.
Concretamente dice que el tribunal supremo en 14 de mayo de
1965, anulo las actuaciones de expropiación del polígono
Espronceda basándose en defectos de tramitación, que la nueva
Delimitación del polígono se hizo por resolución el 9 de octubre
del 68. Habiendo aprobado la nueva valoración en 4 de noviembre
del 1971, que se efectuaran los pagos o depósitos, y su importe
Depositado en la Caja General de Depósitos el 11 y 12 de julio de
1972 por lo que a partir de ese instante el I.N.V (Instituto
Nacional de la vivienda) es el propietario de los terrenos.
¿Nos habla de falta de respeto? Ellos que ni han sido elegidos
libremente, que no representa a un estado democrático, que no
respetan la libertad de expresión, ni sindicación, menos de
afiliación política.
Curioso su instinto de supervivencia de esos representantes del
estado franquista, indignante concepto de lo legal y lo no
legal. Pero no habla en ningún momento del enriquecimiento de
los constructores, de las obligaciones de estos, no habla de la
profesionalidad del trabajo, de la dignidad de las viviendas,
solo de que ellos han de cobrar, y que todo es legal.
Nos encontramos que las viviendas están construidas y ocupadas
hace ya años y aun el I.P.P.V no es propietario de los terrenos.
Que durante este tiempo los vecinos, han ido aportando 150 Ptas.
Mensuales y las 2.600 Ptas. de aportación inicial y la O.S.H. lo
único que ha realizado en el barrio ha sido el cobro, no a
realizado mantenimiento ni reparación nada en los años que
estuvieron en el barrio con su oficina.
Debe quedar lo
suficientemente claro que los terrenos expropiados fueron mal
pagados, que llevo a sus propietarios a plantear una demanda
ante el tribunal supremo, contra propio gobierno a través del
ministerio de la vivienda, que este acepta las peticiones de los
propietarios y anula la expropiación y delimitación del polígono
Espronceda.
Lo real en ese momento es que los terrenos fueron expropiados,
que sus propietarios tenían nombre y apellidos, y tenían
derechos que fueron atropellados.
Estos nombre se pueden encontrar en el archivo histórico de
Sabadell, según algunas informaciones contrastada en Espronceda
entre el I.N.V y la O.S.H pagaron los terrenos sobre los 20 y 40
cm. por palmo
(Los datos económicos de referencias hay que encuadrarlos en el
año 1964 hasta el año 1970 donde 150 Ptas. Era dinero pero las
691 de amortización, 200 de gasto de administración y las 210 de
gastos porroteables un total de 1101 Ptas. Eran un robo.) Ver
origen AA.VV.
Recordar las declaraciones del dictador con las riadas del
Vallès del 1962
